viernes, 13 de junio de 2014

LA EXPLICACIÓN CIENTÍFICA: HEMPEL, CARL



SÉPTIMA SEMANA
PRIMERA LECTURA

LA EXPLICACIÓN CIENTÍFICA
HEMPEL, CARL

En la presente lectura nos habla acerca de que toda ciencia empírica explica los fenómenos del mundo de nuestra experiencia y responde no solo a los “¿qué?”, sino también a los “¿Por qué?”.  En la primera parte  explica las características de la investigación científica dividiéndolo en dos componentes principales: explanandum y explanan. Por explanandum se entiende la oración que describe el fenómeno a explicar y no al fenómeno mismo, con respecto al termino explanans se refiere a la clase de aquellas oraciones que se aducen para dilucidar el fenómeno; es decir, el explanans se encuentra en dos subclases; una contiene ciertas oraciones que formulan condiciones antecedentes especificas; otra es un conjunto de oraciones que representan leyes generales. Para una explicación sólida, sus componentes deben satisfacer ciertas condiciones de adecuación, que pueden dividirse en condiciones lógicas y empíricas.

El explanandum debe ser una consecuencia lógica del explanans, dicho en otras palabras, el primero deber ser lógicamente deducible de la información contenida en el explanans, porque, de lo contrario este último no podría constituir una base adecuada para el explanandum. El explanans debe contener leyes generales exigidas realmente para la derivación del explanandum; el explanans debe tener contenido empírico; es decir, que por lo menos en principio sea posible comprobarse mediante el experimento o la observación. También se habla del concepto de emergencia para caracterizar ciertos fenómenos como “nuevos” y no en el simple sentido psicológico  por ser inesperados, sino en el sentido teórico por ser inexplicables e impredecibles de acuerdo con la información referente a las partes espaciales u otros componentes  de los sistemas en los cuales ocurren los fenómenos, a los que en este contexto, se denominan con frecuencia “totalidades”.

Además se comenta sobra la ley lo que debe cumplir una cierta de condiciones adicionales que pueden estudiarse de modo independiente  del requisito factico de verdad, porque se refieren, por así decirlo, a todas las leyes lógicamente posibles, sean fácticamente verdaderas o falsas. Adoptando un término propuesto por Goodman se dice que una oración parece legal si posee todas las características de una ley general con la posible excepción de la verdad. De ahí que toda ley sea una oración legal, pero no viceversa.

En consecuencia, parece razonable estipular que una oración legal fundamental debe ser de forma universal y no ha de contener ocurrencias esenciales es decir, no eliminables, de designaciones de objetos particulares.

En conclusión cada acto de explicación científica implica poner en juego inferencias, conceptos, datos empíricos y una serie de procesos que darán producto, enunciados o proposiciones sujetas a procedimientos de validación.

Resumen elaborado por Patricia Luque

No hay comentarios:

Publicar un comentario