SÉPTIMA SEMANA
PRIMERA LECTURA
LA EXPLICACIÓN
CIENTÍFICA
HEMPEL, CARL
En
la presente lectura nos habla acerca de que toda ciencia empírica explica los
fenómenos del mundo de nuestra experiencia y responde no solo a los “¿qué?”,
sino también a los “¿Por qué?”. En la
primera parte explica las
características de la investigación científica dividiéndolo en dos componentes
principales: explanandum y explanan. Por explanandum
se entiende la oración que describe el fenómeno a explicar y no al fenómeno
mismo, con respecto al termino explanans
se refiere a la clase de aquellas oraciones que se aducen para dilucidar el
fenómeno; es decir, el explanans se encuentra en dos subclases; una contiene
ciertas oraciones que formulan condiciones antecedentes especificas; otra es un
conjunto de oraciones que representan leyes generales. Para una explicación
sólida, sus componentes deben satisfacer ciertas condiciones de adecuación, que
pueden dividirse en condiciones lógicas y empíricas.
El
explanandum debe ser una consecuencia lógica del explanans, dicho en otras
palabras, el primero deber ser lógicamente deducible de la información
contenida en el explanans, porque, de lo contrario este último no podría
constituir una base adecuada para el explanandum. El explanans debe contener
leyes generales exigidas realmente para la derivación del explanandum; el
explanans debe tener contenido empírico; es decir, que por lo menos en
principio sea posible comprobarse mediante el experimento o la observación. También
se habla del concepto de emergencia para caracterizar ciertos fenómenos como
“nuevos” y no en el simple sentido psicológico
por ser inesperados, sino en el sentido teórico por ser inexplicables e
impredecibles de acuerdo con la información referente a las partes espaciales u
otros componentes de los sistemas en los
cuales ocurren los fenómenos, a los que en este contexto, se denominan con
frecuencia “totalidades”.
Además
se comenta sobra la ley lo que debe cumplir una cierta de condiciones
adicionales que pueden estudiarse de modo independiente del requisito factico de verdad, porque se
refieren, por así decirlo, a todas las leyes lógicamente posibles, sean
fácticamente verdaderas o falsas. Adoptando un término propuesto por Goodman se
dice que una oración parece legal si posee todas las características de una ley
general con la posible excepción de la verdad. De ahí que toda ley sea una
oración legal, pero no viceversa.
En
consecuencia, parece razonable estipular que una oración legal fundamental debe
ser de forma universal y no ha de contener ocurrencias esenciales es decir, no
eliminables, de designaciones de objetos particulares.
En
conclusión cada acto de explicación científica implica poner en juego
inferencias, conceptos, datos empíricos y una serie de procesos que darán
producto, enunciados o proposiciones sujetas a procedimientos de validación.
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